El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes, 20 de junio, el proyecto de ley de Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres en Aragón, que adapta la normativa estatal a las características de la Comunidad.
El consejero de Presidencia del Ejecutivo autonómico, Vicente Guillén, ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno que el texto se ha elaborado atendiendo al 80 por ciento de las 730 aportaciones presentadas en un proceso de participación.
Por su parte, la consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, María Victoria Broto, ha subrayado que "una sociedad no es verdaderamente democrática si no hay una igualdad en todos los ámbitos entre hombres y mujeres" y con esta norma se plantean "medidas específicas para lograrla en Aragón".
Asimismo, ha incidido en que el proyecto de ley "tiene un marcado carácter transversal", abarca todos los ámbitos y reconoce la obligación de integrar la perspectiva de género en todas las políticas públicas de la Comunidad, a todos los niveles administrativos, incluyendo los presupuestos.
La consejera ha deseado que la futura ley sirva para que "Aragón sea modélico y ejemplo" en esta materia y no haya discriminación por razón de sexo en este territorio.
Contenido
Broto ha detallado que el Título I del proyecto de ley se centra en las competencias, funciones, organización institucional y la coordinación entre las Administraciones públicas, al tiempo que articula los organismos y unidades de igualdad de la Administración de la Comunidad, así como los órganos de cooperación y coordinación.
Estas unidades serán las responsables de que se apliquen estas políticas en todos los ámbitos de actuación de los diferentes Departamentos del Gobierno de Aragón.
Por su parte, el Título II contempla medidas para la integración de la perspectiva de género en las políticas públicas, como el enfoque de género en los presupuestos, la memoria explicativa de igualdad, el plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres, el uso integrador y no sexista del lenguaje en la Administración pública aragonesa, en la comunicación y publicidad institucional, en las estadísticas, estudios e investigaciones con perspectiva de género.
Acciones positivas
El Título III contiene las medidas de acción positiva para promover la igualdad. Así, regula los principios necesarios para la igualdad efectiva en la educación y las medidas concretas necesarias en los diferentes niveles de enseñanza.
También concreta políticas en materia de empleo en los sectores público y privado, en la negociación colectiva, en los planes de igualdad, medidas para la prevención y erradicación del acoso sexual, y, por las razones de sexo, y la responsabilidad social de las empresas.
Este título contempla, igualmente, la promoción de la conciliación de la vida laboral, familiar y personal y trata sus principios de actuación, la corresponsabilidad, la organización de espacios, horarios y creación de servicios, así como la conciliación en las empresas privadas, en la función pública, en el ámbito educativo y en los servicios sociales.
Incorpora, además, diferentes medidas para la integración de la perspectiva de género en las políticas de promoción y protección de la salud y en la investigación biomédica.
Asimismo, estructura las políticas de igualdad en el ámbito de lo social, relativas al bienestar e inclusión social, discapacidad, personas mayores, interculturalidad, protección de la maternidad, entre otras, así como al tráfico y explotación sexual.
Trata también sobre otras políticas sectoriales para la incorporación de la igualdad de género en el deporte, cultura, cooperación al desarrollo, planeamiento urbanístico, vivienda y movilidad, sociedad de la información y del conocimiento y desarrollo rural.
Garantías
El Título IV está dedicado a las garantías específicas para la igualdad de género, entre las cuales incluye a la institución del Justicia de Aragón, la evaluación de la aplicación de la Ley la igualdad de trato en el acceso a bienes y servicio y su suministro, y acciones frente a la publicidad ilícita, a la discriminación por razón de sexo en los convenios colectivos y, en general, frente a la discriminación y desigualdad de género.
La consejera ha comentado que hay un apartado específico para los colectivos de mujeres más vulnerables, entre los que ha citado a inmigrantes, mujeres con discapacidad y gitanas. El último de los títulos versa sobre la inspección y el régimen de infracciones y sanciones, tipificadas como leves, graves y muy graves, con multas hasta 3.000 euros las primeras, hasta 20.000, las segundas, y hasta 50.000 las terceras.
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