El comunicado de la empresa, copia y pega indica:
"Os comunico hemos habilitado en los servicios de caballeros y señoras que están frente al departamento de Administración, unos colgadores y bancos para que aquellos empleados que deseen cambiarse, puedan hacer uso de los mismos.
Así mismo, el personal de Taller deberá seguir haciendo uso de los vestuarios destinados para dicho colectivo."
2 Vestuarios, duchas, lavabos y retretes
1.° Los lugares de trabajo dispondrán de vestuarios cuando los trabajadores deban lLevar ropa especial de trabajo y no se les pueda pedir por razones de salud o decoro que se cambien en otras dependencias.
2.° Los vestuarios estarán provistos de asientos y de armarios o taquillas individuales con llave, que tendrán la capacidad suficiente para guardar la ropa y el calzado. Los armarios o taquillas para la ropa de trabajo y para la de calle estarán separados cuando ello sea necesario por el estado de contaminación. suciedad o humedad de la ropa de trabajo.
3.° Cuando los vestuarios no sean necesarios. los trabajadores deberán disponer de colgadores o armarios para colocar su ropa.
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