Se destaca como logros reconocidos en el estatuto: 5 días retribuidos por hospitalización o enfermedad grave de familiares, sin olvidar los problemas que está poniendo la empresa con este permiso, 4 días por fuerza mayor, ¿Cuantos compañeros o compañeras están siendo chantajeados para evitarlo? nuevas ampliaciones en los permisos de nacimiento y parentales. Se incluyen 2 semanas adicionales retribuidas del permiso parental, sumando un total de 19 semanas por progenitor en nacimiento y cuidado.
Cabe tener en cuenta que los problemas de Avanza Zaragoza motivados por su alianza con el triunvirato que deja nuestro salario más cercano al Mínimo Interprofesional (SMI) provoca que cada vez les sea más complicado contratar personal por las desventajas sociales y económicas que sufrimos los trabajadores. Además gran parte del personal contratado no se queda al comprobar el alto nivel de estrés y nulo reconocimiento de la empresa de la plantilla. Avanza Zaragoza así, traslada y chantajea muchas veces a sus trabajadores negándonos permisos reconocidos en el estatuto de los trabajadores, incluso bajo coacciones y amenazas. Es por ello que si algún permiso está reconocido en este documento y te es negado es importante que te pongas en contacto con tu representación sindical para si es necesario llevar a la empresa a juicio.

I. CONCEPTO Y REQUISITOS ESENCIALES
Un permiso retribuido es una ausencia autorizada del puesto de trabajo con conservación íntegra del salario, reconocida legal o convencionalmente por causas justificadas.
Requisitos indispensables (carga probatoria sobre el trabajador):
Preaviso: Comunicación previa a la empresa con la antelación razonable que permita la causa.
— Si resulta imposible avisar con antelación (ej.: emergencia súbita), el trabajador debe acreditar documentalmente dicha imposibilidad.
Justificación: Aportación de documentación fehaciente que acredite la causa (certificado médico, acta de defunción, libro de familia, etc.).
— Sin cumplimiento de ambos requisitos, la ausencia puede considerarse injustificada y dar lugar a sanción disciplinaria.
⚠️ Nota: Conservar siempre copia de la comunicación a la empresa (burofax, correo electrónico, certificado etc) y de toda documentación aportada. La empresa no puede denegar un permiso legalmente reconocido si concurren los requisitos.
II. CLASIFICACIÓN DE PERMISOS RETRIBUIDOS
A) PERMISOS POR VIDA PERSONAL Y FAMILIAR
Matrimonio o inscripción de pareja de hecho
— Duración: 15 días naturales.
— Ámbito: propio trabajador.
— Base legal: Art. 37.3.a) ET.
Fallecimiento de familiar
— Duración: 2 días naturales; ampliables a 4 días si el desplazamiento al lugar del fallecimiento supera los 200 km.
— Ámbito: cónyuge, pareja de hecho o familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.
— Base legal: Art. 37.3.b) ET.
Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización
— Duración: 5 días naturales.
— Ámbito: familiares hasta segundo grado, pareja de hecho o convivientes que requieran cuidado directo.
— Base legal: Art. 37.3.c) ET.
Permisos Retribuidos para médico especialista:
— Duración: el tiempo necesario para la cita médica del servicio público de salud o concertado.
— Base legal: Art. 37.3) ET.
Fuerza mayor por motivos familiares urgentes
— Duración: 4 días naturales, fraccionables en horas sueltas.
— Ámbito: situaciones imprevistas que exijan presencia inmediata del trabajador (ej.: accidente doméstico, escolar etc).
— Base legal: Art. 37.9 ET.
Traslado del domicilio habitual (mudanza)
— Duración: 1 día natural.
— Ámbito: propio trabajador.
— Base legal: Art. 37.3.d) ET.
Nacimiento de hijo prematuro o que requiera hospitalización tras el parto
— Duración: ausencia de 1 hora diaria. Además, derecho a reducir la jornada hasta 2 horas (con disminución proporcional del salario).
— Ámbito: progenitores.
— Base legal: Art. 37.7 ET.
B) PERMISOS POR MATERNIDAD, PATERNIDAD Y CUIDADOS
Lactancia
— Duración: 1 hora diaria de ausencia (o división en 2 fracciones) hasta que el lactante cumpla 9 meses. Opción de acumular en jornadas completas según convenio.
— Incremento proporcional en partos/adopciones/acogimientos múltiples.
— Base legal: Arts. 37.4 y 45.1.d) ET.
Nacimiento y cuidado de menor (NYCM)
— Duración total: 19 semanas por progenitor (32 semanas en familias monoparentales).
• 6 semanas obligatorias a jornada completa inmediatamente tras el nacimiento o resolución judicial de adopción/acogimiento.
• 11 semanas de disfrute flexible en periodos semanales (acumulables o interrumpidos) hasta los 12 meses del menor (22 semanas en monoparentalidad).
• 2 semanas adicionales de cuidado parental, de disfrute flexible en periodos semanales hasta que el menor cumpla 8 años (aplicable a nacimientos desde el 2 de agosto de 2024; 4 semanas en monoparentalidad).
— Base legal: Arts. 48.4 y 48.5 ET (Ley 5/2023).
Ley CUME
Aspectos Clave de la Reducción CUME:
— Enfermedad grave o cáncer de un hijo
— El hijo debe ser menor de 18 años, o hasta 23 años si la enfermedad se diagnosticó antes de los 18, o hasta 26 años si se acredita un 65% de discapacidad.
— reducen su jornada laboral (mínimo 50% y hasta 99,99%) para cuidar directamente a un hijoC) PERMISOS POR DEBERES PÚBLICOS Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Cumplimiento de deber inexcusable de carácter público y personal
— Duración: tiempo indispensable.
— Ejemplos: funciones de jurado, donación de sangre, comparecencia judicial obligatoria.
— Base legal: Art. 37.3.f) ET.
Ejercicio del sufragio activo
— Duración: tiempo necesario para votar.
— Base legal: Art. 37.3.f) ET.
Actos preparatorios para donación de órganos o tejidos
— Duración: tiempo indispensable, siempre que deban realizarse dentro de la jornada laboral.
— Base legal: Art. 37.3.g) ET y Ley 6/2024, de 20 de diciembre.
D) PERMISOS POR REPRESENTACIÓN Y FORMACIÓN
Representantes legales de los trabajadores
— Miembros del comité de empresa: variable según el tamaño de la empresa, retribuidas para el ejercicio de funciones.
— Negociación colectiva: tiempo necesario retribuido.
— Delegados de prevención: crédito horario variable según tamaño de la plantilla.
— Base legal: Arts. 37.3.e) y 68 ET; Art. 10 de la Ley Orgánica 3/2007 (LOLS).
Asistencia a cursos de formación
— Duración: 20 horas anuales retribuidas.
— Requisito: la formación debe estar vinculada a la actividad de la empresa. Acumulable según convenio.
— Base legal: Art. 23 ET.
Acudir a exámenes académicos
— Duración: Wl estrictamente necesario para realizar el examen. No retribuidas
— Ámbito: estudios conducentes a título académico o profesional oficial.
— Base legal: Art. 37.3.h) ET.
E) PERMISOS ESPECIALES Y NOVEDADES LEGISLATIVAS
Víctimas de violencia de género, violencia sexual o terrorismo
— Duración: tiempo necesario para garantizar la protección integral.
— Incluye derecho a reducción de jornada y teletrabajo.
— Base legal: Art. 37.3.i) ET y Ley Orgánica 1/2004.
Fenómenos meteorológicos extremos (permiso climático)
— Duración: hasta 4 días naturales, prorrogables mientras persistan las circunstancias que impidan el desplazamiento seguro al centro de trabajo.
— Base legal: Art. 37.10 ET (introducido por Ley 3/2023).
Búsqueda de empleo en despido objetivo
— Duración: 6 horas retribuidas durante el periodo de preaviso.
— Regulación detallada por convenio colectivo.
— Base legal: Art. 53.2 ET.
Desplazamientos temporales del centro de trabajo
— Duración: 4 días naturales por cada desplazamiento que supere los 3 meses continuados.
— La empresa debe informar al trabajador con antelación mínima de 5 días laborables.
— Base legal: Art. 40.2 ET.

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