A pesar de los riesgos que conlleva mezclar alcohol y conducción, en España sigue habiendo muchos conductores que siguen poniéndose al volante tras haber ingerido bebidas alcohólicas. En la última campaña de alcohol realizada por la Dirección General de Tráfico a principios de junio se ha detectado a 1.626 conductores conduciendo con más alcohol de lo permitido, 231 de los cuales superaron la tasa de 0,60 mg/l en aire espirado.
Para quien no lo tenga aún claro, resumimos la normativa de Tráfico sobre alcohol en la conducción.
¿Puedo conducir tras haber ingerido alcohol?
La normativa establecida en la Ley de Seguridad Vial es muy estricta en este sentido, pero no lo prohíbe totalmente. Partiendo de la base de que lo más seguro es no tomar nada de alcohol, la DGT fija unas tasas de alcoholemia máximas que son:
- Para conductores en general: 0,5 gr/l en sangre o 0,25 mg/l en aire espirado.
- Para conductores profesionales: 0,3 gr/l en sangre o 0,15 mg/l en aire espirado.
- Para conductores noveles: 0,3 gr/l en sangre o 0,15 mg/l en aire espirado.
En los últimos años las sanciones de alcoholemia se han endurecido con el objetivo de conseguir que ningún conductor de positivo cuando conduce.
La multa por conducir bebido varía en función de la cantidad de alcohol detectada en el cuerpo:
- Entre 0,25 mg/l a 0,50 mg/l: 500 euros y 4 puntos de retirada del carnet de conducir. (Despido fulminante en los empleados de AVANZA ZARAGOZA)
- Más de 0,50 mg/l: 1.000 euros y 6 puntos menos en el carnet de conducir.
- Reincidentes: 1.000 euros y 4 o 6 puntos en función de la tasa dada. Se entiende como conductores reincidentes a aquellos conductores sancionados en el año inmediatamente anterior por exceder las tasas de alcoholemia.
En estos casos las penas son las siguientes:
- Por conducir con tasas superiores a 0,60 mg/l en aire o 1,2 gr/l en sangre: prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir desde uno a cuatro años.
- Quien se niegue a realizar la prueba de alcoholemia: prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.
Y no pienses que a ti no te puede pasar porque controlas. El alcohol reduce nuestra capacidad de reacción, produce alteraciones en el comportamiento y afecta a casi todas las capacidades psicofísicas necesarias para una conducción segura. Recuerda, si bebes no conduzcas; o si conduces no bebas.
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Accidente a las 12:45, conductor de 50 años ha chocado contra un poste en Camino Miralbueno. Detenido por conducir bebido#SeguridadVial pic.twitter.com/MU5BNzks1p— Policía Zaragoza (@policiazaragoza) 30 de agosto de 2017
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